¿Cómo se calcula el ISR en México 2026? Tablas y ejemplos paso a paso
Si cada quincena ves que a tu sueldo le descuentan una cantidad importante por concepto de ISR y nunca has entendido de dónde sale ese número, esta guía es para ti. Aquí te explicamos paso a paso cómo se calcula el ISR en México en 2026, con las tablas oficiales vigentes, ejemplos reales con cifras y un análisis exclusivo de cuánto ahorras en 2026 según tu nivel de sueldo.
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🧮 Calcular mi ISR 2026¿Qué es el ISR y quién lo paga?
El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es el impuesto que grava los ingresos de las personas físicas y morales en México. Si eres empleado, tu patrón está obligado a retenerlo directamente de tu nómina cada periodo de pago y enterarlo al SAT. Si eres freelancer o tienes actividad empresarial, tú mismo lo calculas y pagas mediante pagos provisionales mensuales.
El ISR es un impuesto progresivo: mientras más ganas, mayor es el porcentaje que pagas, pero solo sobre la parte de tu ingreso que excede cada rango, no sobre todo tu sueldo. Este es el punto que más confusión genera y que veremos con ejemplos más abajo.
¿Qué cambió en 2026? El ajuste que te hace pagar menos
Las tarifas del ISR para 2026 se publicaron en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal, en el Diario Oficial de la Federación del 28 de diciembre de 2025. El cambio más importante: como la inflación acumulada superó el 10% desde la última actualización de las tablas (que aplicaban desde 2023), el artículo 152 de la Ley del ISR obligó a ajustarlas.
¿Cuánto ahorras en 2026 según tu sueldo? (análisis comparativo)
Calculamos el ISR mensual (antes de subsidio) con las tablas de 2025 y las de 2026 para distintos niveles de sueldo bruto. Esto es lo que el ajuste inflacionario significa en pesos reales:
| Sueldo mensual | ISR 2025 | ISR 2026 | Ahorro mensual | Ahorro anual |
|---|---|---|---|---|
| $10,000 | $770.90 | $729.02 | $41.88 | $502.56 |
| $12,000 | $1,033.15 | $946.61 | $86.54 | $1,038.48 |
| $15,000 | $1,552.78 | $1,402.82 | $149.96 | $1,799.52 |
| $20,000 | $2,604.00 | $2,383.65 | $220.35 | $2,644.20 |
| $30,000 | $4,740.00 | $4,519.65 | $220.35 | $2,644.20 |
| $50,000 | $9,466.99 | $9,108.22 | $358.77 | $4,305.24 |
| $80,000 | $18,466.99 | $17,736.08 | $730.91 | $8,770.92 |
ISR mensual antes de subsidio al empleo, calculado con las tarifas del Anexo 8 de la RMF 2025 y 2026. Elaboración propia de CalculadoraTotal.
Como puedes ver, el ahorro no es proporcional: depende de en qué tramo cae tu sueldo y cuánto se movieron los límites de ese renglón. Verifica tu caso exacto con la Calculadora de ISR 2026.
Tabla de ISR 2026 (tarifa mensual para sueldos y salarios)
| Límite inferior | Límite superior | Cuota fija | % sobre excedente |
|---|---|---|---|
| $0.01 | $844.59 | $0.00 | 1.92% |
| $844.60 | $7,168.51 | $16.22 | 6.40% |
| $7,168.52 | $12,598.02 | $420.95 | 10.88% |
| $12,598.03 | $14,644.64 | $1,011.68 | 16.00% |
| $14,644.65 | $17,533.64 | $1,339.14 | 17.92% |
| $17,533.65 | $35,362.83 | $1,856.84 | 21.36% |
| $35,362.84 | $55,736.68 | $5,665.16 | 23.52% |
| $55,736.69 | $106,410.50 | $10,457.09 | 30.00% |
| $106,410.51 | $141,880.66 | $25,659.23 | 32.00% |
| $141,880.67 | $425,641.99 | $37,009.69 | 34.00% |
| $425,642.00 | En adelante | $133,488.54 | 35.00% |
Tarifa mensual 2026 conforme al artículo 96 de la LISR, Anexo 8 de la RMF 2026 (DOF 28/12/2025).
Cómo calcular tu ISR paso a paso
El procedimiento es siempre el mismo, con cualquier nivel de ingreso:
Ubica tu renglón
Busca en qué rango de la tabla cae tu ingreso gravable mensual.
Resta el límite inferior
La diferencia entre tu ingreso y el límite inferior es tu “excedente”.
Aplica el porcentaje
Multiplica el excedente por la tasa de tu renglón. Eso es el impuesto marginal.
Suma la cuota fija
El total es tu ISR del mes, antes de subsidio al empleo.
Ejemplo real: sueldo de $30,000 mensuales
- Tu ingreso cae en el sexto renglón (de $17,533.65 a $35,362.83).
- Excedente: $30,000.00 − $17,533.65 = $12,466.35
- Impuesto marginal: $12,466.35 × 21.36% = $2,662.81
- ISR del mes: $2,662.81 + $1,856.84 (cuota fija) = $4,519.65
Ejemplo 2: sueldo de $15,000 mensuales
- Renglón: de $14,644.65 a $17,533.64.
- Excedente: $15,000.00 − $14,644.65 = $355.35
- Impuesto marginal: $355.35 × 17.92% = $63.68
- ISR del mes: $63.68 + $1,339.14 = $1,402.82 (tasa efectiva ≈ 9.4%)
Subsidio al empleo 2026: cifras exactas
El subsidio al empleo es un beneficio fiscal que reduce el ISR de los trabajadores con menores ingresos. Para 2026 se actualizó mediante decreto publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2025, y estos son los datos clave:
- Tope de ingresos para tener derecho: sube de $10,171.00 a $11,492.66 mensuales. Si ganas más que eso, el subsidio es cero.
- Monto del subsidio: 15.02% del valor mensual de la UMA, aproximadamente $536 mensuales (en enero de 2026 aplicó un porcentaje transitorio de 15.59% sobre la UMA de 2025, prácticamente el mismo monto).
- Si trabajas para más de un patrón, solo uno puede aplicarte el subsidio; debes notificar por escrito a los demás.
¿Y si me pagan por quincena o por semana?
El Anexo 8 incluye tarifas separadas para cada periodicidad: diaria, semanal, decenal, quincenal y mensual. Los porcentajes son idénticos en todas; lo que cambia son los límites y cuotas fijas, ajustados proporcionalmente al periodo. El subsidio también se prorratea: monto mensual ÷ 30.4 × días del periodo.
Los 4 errores más comunes al calcular el ISR
❌ Tabla mensual ÷ 2 para quincena
El cálculo correcto usa la tarifa quincenal oficial; los límites de los tramos no son proporcionales exactos entre periodos y los resultados difieren.
❌ Aplicar el porcentaje a todo el sueldo
Solo se aplica al excedente sobre el límite inferior; por eso la tasa efectiva siempre es menor a la marginal.
❌ Calcular con tablas viejas
Las tablas 2023–2025 quedaron obsoletas; usarlas en 2026 genera retenciones de más. Si tu patrón no actualizó su nómina, tienes derecho a que te ajusten la retención.
❌ Confundir ISR causado con retenido
La tabla te da el impuesto causado; la retención final puede ser menor si aplica el subsidio al empleo.
Deducciones personales: cómo recuperar ISR en la declaración anual
Las retenciones mensuales no son el final de la historia. En tu declaración anual (abril) puedes aplicar deducciones personales que reducen tu base gravable y suelen generar saldo a favor:
- Gastos médicos, dentales, hospitalarios y psicológicos (pagados con medio electrónico, no efectivo)
- Colegiaturas (con topes por nivel educativo)
- Intereses reales de créditos hipotecarios
- Aportaciones complementarias de retiro (Afore o planes personales)
- Primas de seguros de gastos médicos
- Transporte escolar obligatorio y donativos autorizados
El límite general de deducciones personales es el menor entre el 15% de tus ingresos totales y cinco UMAs anuales (algunos conceptos, como donativos y aportaciones de retiro, tienen topes propios). Si te retuvieron ISR todo el año y tienes deducciones, presentar tu declaración casi siempre te conviene: el SAT devuelve los saldos a favor, habitualmente en cuestión de semanas.
Preguntas frecuentes
No. Solo se aplica al excedente sobre el límite inferior de tu renglón. Por eso alguien en el renglón del 21.36% termina pagando una tasa efectiva cercana al 15%.
Por el ajuste inflacionario de las tablas (factor 1.1321). Los límites de cada rango subieron ~13.2%, así que parte de tu ingreso que antes tributaba en un renglón más alto ahora cae en uno más bajo. Consulta la tabla comparativa de arriba para ver el ahorro según tu sueldo.
No. Desde el esquema vigente a partir de 2024, el subsidio solo reduce la retención hasta cero; el excedente no se entrega en efectivo al trabajador.
Sí. Con deducciones personales (gastos médicos, colegiaturas, intereses hipotecarios, aportaciones a retiro, entre otras) puedes obtener saldo a favor y solicitar la devolución al SAT en la declaración de abril.
En el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026 (DOF, 28 de diciembre de 2025) y en el portal del SAT (sat.gob.mx). El decreto del subsidio al empleo 2026 se publicó en el DOF el 31 de diciembre de 2025.
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🧮 Ir a la Calculadora de ISR 2026Esta guía tiene fines informativos y no constituye asesoría fiscal. Para tu caso particular, consulta a un contador. Revisa nuestros Términos y Condiciones.